El plan general de contabilidad de España define el valor razonable como el importe por el que puede ser adquirido un activo o liquidado un pasivo entre partes interesadas y debidamente informadas que realicen una transacción en condiciones de independencia mutua sin deducir gastos de transacción en su posible enajenación. No forzado, ni urgente, ni en liquidación involuntaria
En general será el valor de mercado si éste es activo y fiable, se entiende como Mercado activo aquel en que:
- Se intercambian bienes y servicios homogéneos
- En todo momento hay compradores y vendedores
- Los precios son conocidos, accesibles, reales, actuales y regulares
- Transacciones recientes
- Valor razonable de otros activos sustancialmente iguales
- Descuento de flujos de efectivo futuros estimados
- Modelos para valorar opciones